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Los miembros del Consejo Regional tendrán en su jurisdicción las mismas atribuciones que el Directorio Nacional, debiéndose para todo ajustarse a las directrices e instrucciones que se impartan por el Directorio Nacional al cual se encuentran subordinados los Consejeros Regionales
En su orgánica están compuestas por un mínimo de 3 Consejeros Regionales que ejercerán los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero.